1. en la caracterización de grupos y personas que habitan la institución educativa María Dolorosa se evidencian que entre sus motivaciones de aprendizaje quieren tener la facultad de conocer, del conocimiento educativo, que los lleve a saciar sus anhelos siendo perseverantes y no siendo excluidos por algunos rasgos que tal vez los diferencien de los procesos educativos que ellos consideran habituales o naturales. De tal modo que en sus discursos se puede apreciar ansiedad por adquirir oportunidades en el campo social y de producción, con el lenguaje tienen la convicción de ser sujetos comunicativos que quieren expresar sus objetivos a mediano plazo y quieren formar sus discursos con más capacidad argumentativa y expositiva.
2. se evidencian en el cumplimiento de objetivos de la
educación para adultos lo siguiente:
ARTICULO
2. Para efectos de lo dispuesto en el presente decreto, la educación de adultos
es el conjunto de procesos y de acciones formativas organizadas para atender de
manera particular las necesidades y potencialidades de las personas que por
diversas circunstancias no cursaron niveles grados de servicio público
educativo, durante las edades aceptadas regularmente para cursarlos o de
aquellas personas que deseen mejorar sus aptitudes, enriquecer sus
conocimientos y mejorar sus competencias técnicas y profesionales.
ARTICULO
3. Son principios básicos de la educación de adultos:
a)
Desarrollo Humano Integral, según el cual el joven o el adulto,
independientemente del nivel educativo alcanzado o de otros factores como edad,
género, raza, ideología o condiciones personales, es un ser en permanente
evolución y perfeccionamiento, dotado de capacidades y potencialidades que lo
habilitan como sujeto activo y participante de su proceso educativo, con
aspiración permanente al mejoramiento de su calidad de vida
b)
Pertinencia, según el cual se reconoce que el joven o el adulto posee
conocimientos, saberes, habilidades y prácticas, que deben valorarse e
incorporarse en el desarrollo de su proceso formativo
c)
Flexibilidad, según el cual las condiciones pedagógicas y administrativas que
se establezcan deberán atender al desarrollo físico y psicológico del joven o
del adulto, así como a las características de su medio cultural, social y
laboral
d)
Participación, según el cual el proceso formativo de los jóvenes y los adultos
debe desarrollar su autonomía y sentido de la responsabilidad que les permita
actuar creativamente en las transformaciones económicas, sociales, políticas,
científicas y culturales, y ser partícipes de las mismas.
Lo siguiente se da de manera que rige todo el decreto
3011/97 del adulto y su inclusión en la educación, de tal manera solo se citan
algunos puntos de tal decreto que se da de manera rigurosa y acertada en la
institución educativa María Dolorosa la cual acoge en sus instalaciones la
oportunidad de constituir un cimiento educativo que cobije la inclusión de
personas que por razones variadas quieren acceder y culminar su proceso de
enseñanza.
3. algunas prácticas evaluativas en el aula se evidencian
por comprensión lectora, comprensión auditiva y visual para sistematizar la concordancia de la cohesión y
coherencia en tanto escrito y el resultado discursivo; además se practica la
importancia del aprendizaje significativo, es decir la adecuación de nuevos
saberes en relación con los saberes previos reajustando la información o
aprendizaje que lleva a la conducta y a la construcción cognitiva de nuevos
enfoques en el saber
4. tal vez las
adaptaciones curriculares se ven en aula de manera flexible con la facilitación
de la institución junto con las adaptaciones legislativas (curriculares),
educativas, de docentes, que se encaminan en ofrecer la oportunidad de tener
competencias al nivel exigido por un ámbito o ley que difiera del decreto 3011.
También hay una flexibilización curricular que tiene que ver con el contexto y
la aprobación de sus docentes para guiar a diferentes ritmos el proceso de
enseñanza, con esto no queriendo decir que se facilite dicho proceso, sino, que
se hace énfasis en las debilidades expuestas de los estudiantes para
complementar en siglos educativos lo que normalmente se hace en años en una
educación o ley normativa
5. la interacción educativa de todos sus agentes el
parecer es inclusiva e incorpora a cada persona en su tarea de compartir sus
saberes, desde su coordinadora que regula la inscripción de sus estudiantes
como el motivador a un garante proceso, hasta la vinculación de algunos
estamentos sociales que hacen su tarea de vigilar y contribuir, según su
coordinadora “esta el que quiere” y no se obliga al reclutamiento forzoso.
Por otro lado al parecer prima el aprendizaje estructural
aun, pues sus docentes tienen ciertos conservatismos (a veces tradicionalismos)
de la educación, se puede observar que la estrategia de inclusión del decreto
3011 es en la mayoría de sus líneas valido y aceptable, sin embargo por ser un
contexto variado es complejo llevar un orden adecuado de buen proceso de
aprendizaje, tal vez opino que los llamados “ciclos” no son suficientes para la
adecuación del conocimiento y son otro excusa (que puede ser viable en algunos
casos) para mercantilizar la comunidad educativa, tal vez obrera del
atrasamiento del “modernismo” colombiano, solo interesa un resultado, y no sus
procesos, a si pues puede que este sea uno de los aciertos o no de la occisa
mente de los que manejan la educación en latinoamérica; con esto dejando claro que hay excepciones que
combaten y polemizan con sus argumentos,
docentes que gustan de su pasión por
el saber y vinculan cualquier decreto o ley a veces banal a sus acertados
movimientos para incluir una didáctica digna que difiere en gran medida de la realidad.
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